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Cajamar seguros de ahorro


Cajamar pone a su disposición diferentes clases de seguros de ahorro, que le permiten ahorrar para contar con un capital en un futuro deseado, ya sea para los estudios o emancipación de los hijos, para una inversión, para la jubilación, o para cualquier otra finalidad que pueda considerar oportuna.

Cajamar ofrece tres alternativas de seguros de inversión:

  • Seguros de Ahorro a 12 meses

Seguro de Vida Ahorro Inversión, que garantiza un capital al vencimiento igual a la inversión inicial más un adicional equivalente DEL 2,85% TAE del mismo.

El Capital adicional percibido al vencimiento (o en su rescate anticipado), se considera rendimiento de capital mobiliario, por lo tanto sufrirá una retención tributaria del 18%.En caso de fallecimiento, lo cobrado por los beneficiarios deberá tributar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En este caso, el capital adicional será del 2,00%, con un límite de 6.000 euros (o 600 euros si tiene más de 65 años).

Lo pueden contratar personas de entre 18 y 80 años, y es por 12 meses, pudiendo rescatarse a partir de los 6 meses.

La prima mínima es de 1.500 euros, y por múltiplos sucesivos de 1.000 euros

  • Sistema de Ahorro Flexible

Se trata de un Seguro de Ahorro de primas periódicas, que da la posibilidad de ahorrar de a poco, con flexibilidad y con una gran rentabilidad.

Se planifica un plan de aportaciones de primas periódicas, de acuerdo a las posibilidades del asegurado, y con la duración más oportuna. También da la posibilidad de suspender temporalmente los pagos, o modificar el importe y periodicidad de las primas, para cada semestre, o de disponer total o parcialmente del capital acumulado, además de poder realizar aportaciones extraordinarias en cualquier momento.

La TAE garantizada para el primer semestre 2009 es del 3,00%.

Para el caso de aportaciónes periódica, la príma mínima es de 30 €/mes, y de 180 € para los aportes extraordinarios.

En cuanto a la fiscalidad, está sometido a las mismas normas que el sistema de ahorro 12 mese.

En la página web de la compañía, puede acceder al simulador de sistema de ahorro flexible, dondo luego de ingresar unos parámetros, el sistema le calculará el capital final que dsipondrá.

  • Plan Individual de Ahorro Sistemático

Es una solución de Ahorro periódico y sistemático, de duración mínima de 10 años y 1 día, que acumula un capital (las aportaciones más sus intereses), destinado a constituir una renta vitalicia para su titular, que goza de importantes ventajas fiscales.

Durante el periodo de aportación, el capital acumulado devengará una rentabilidad referenciada a la evolución del Euribor 6 meses, fijada previamente al inicio de cada semestre, que hasta 30-06-2009, dicha rentabilidad es del 3,00% TAE. Al finalizar el contrato, el capital acumulado (aportaciones más rentabilidad devengada), se puede cobrar de distintas formas: mediante una Renta Vitalicia, mediante una Renta Temporal o como un Capital Único.

Las aportaciones pueden ser periódicas o extraordinarias, y pueden suspenderse o reactivarse en cualquier momento, así como modificarse su cuantía y/o porcentaje de revalorización en cada semestre natural. Los aportes deben ser a partir de 50 €/mes y para las periódicas y de 180 € para las extraordinarias. Las cuantías máximas de aportación anuales son de 8.000 €/año y de 240.000 € para la póliza.

Se permite el rescate total a partir de los 6 primeros meses, sin penalización a partir del primer año o  el traspaso del Capital Acumulado a otro PIAS. La duración máxima del contrato, más la edad del asegurado, deberá ser menor a 79 años.

Los rendimientos generados en el periodo de ahorro, siempre que éste sea mayor a 10 años, estarán exentos de tributación, y una vez se comience a percibir las Rentas, tributarán con un porcentaje reducido.

Las dos primeras opciones están pensadas para contar con una inversión que asegure una renta mínima, pero que al mismo tiempo, funcionen como seguro de vida. En cambio la última es a largo plazo, y dirigida a personas que desean asegurar un interés a sus ahorros, para utilizar el capital acumulado en el momento de su jubilación.

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