
Mutualidad de la abogacía, presenta su nuevo producto en forma de renta vitalicia, ofreciendo mejores ventajas y rentas que otros seguros de ahorro y Seguros de vida del mercado.
Este seguro de Renta Vitalicia Remunerada actualmente es la mejor fórmula para llegar a rentabilizar los ahorros a la vez que se pueden disfrutar en el corto plazo.
Este seguro permite llegar a percibir una cantidad mensual al momento de ser contratado completando la pensión, al ser un seguro privado permite una compatibilidad con la percepción de otra pensión, ya sea privada o pública.
Ventajas del Seguro de Renta Vitalicia Remunerada:
Máxima rentabilidad:
Contratando este seguro, la familia y el asegurado obtendrán ingresos adicionales que se determinan a partir de los resultados obtenidos por la Mutualidad, más un interés a cuenta anual y participación en Beneficios. Dicha renta se adaptará cada momento al mercado e inversiones propias de la Mutualidad.
Comodidad:
La Mutualidad de la Abogacía administrará e invertirá el dinero participando el asegurado de los beneficios que obtendrá cada año.
Mejor Fiscalidad:
Disfrutar de este producto que ofrece una mejor fiscalidad, según la edad de contratación de la renta, la tributación efectiva sobre la misma puede llegar a ser del 1’44% en vez del 18% que se aplica al resto de productos financieros.
Flexibilidad en la Contratación:
Este seguro brinda 5 modalidades de rentas para optar por la que se adapte mejor a las necesidades y las de la familia.
Diferenciándose de los demás seguros de rentas vitalicias, Renta Vitalicia Remunerada de la Mutualidad una de sus principales funciones es la de funcionar como una cuenta que permite realizar nuevos ingresos. Permitiendo optar el momento y la cantidad que se quiere aumentar la renta.
Prestaciones por Fallecimiento:
Modalidades que incluyen prestaciónes por fallecimiento:
-Modalidad 2:
Renta vitalicia con periodo de cobro cierto.
-Modalidad 3:
Renta Vitalicia a cobrar en caso de vida del Asegurado con reversión a favor de otra persona.
-Modalidad 4:
Renta Vitalicia con devolución parcial del capital aportado en caso de fallecimiento.
-Modalidad 5:
Renta Vitalicia con devolución total del capital aportado en caso de fallecimiento y derecho de rescate.
Para modalidades de contratación que cuentan con derecho de rescate, podrá solicitarse pasado 1 año desde el inicio del seguro o de la aportación correspondiente a cada ampliación.
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Publicado: 10 marzo, 2010
Categorias: ahorro inversión, Mutualidad de la Abogacía, Seguros de ahorro
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