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Archivo del mes: octubre, 2009

Mutualidad de la abogacía seguro vida ahorro


Este no es un seguro de vida ahorro más dentro de los seguros de inversión, tiene ventajas únicas que ofrece Mutualidad Abogacía y que son difíles de encontrar en otro producto.

Las Prestaciones de los Planes Individuales de Ahorro Sistemático:
Por medio del Sistema de Ahorro Flexible, que ha sido configurado como Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) se puede ahorrar el 100% de los impuestos sobre los rendimientos que se hayan generado a lo largo de la vida del Plan, siempre que se lleguen a cumplir con las condiciones establecidas por la ley del IRPF para los PIAS.

Las Condiciones establecidas:
- Que las aportaciones periódicas y extraordinarias no lleguen a superar los 8.000 euros anuales.
- Que el importe total de aportaciones acumuladas a lo largo de la vida del Plan, dentro de este sistema, no sea superior a los 240.000 euros.
- Que desde la primera aportación hecha hasta el momento de la percepción de la prestación hayan pasado al menos 10 años.
- Que con el capital ahorrado en el Sistema se constituya una renta vitalicia.

En el caso de querer hacer mayores aportaciones, rescatarlo, o cobrar las prestaciones de forma distinta a la de renta vitalicia, no hay consecuencias, ya que el Plan se convertirá en un Seguro de Vida de Ahorro (SVA) y por lo que los rendimientos generados tributarán como rendimiento de capital mobiliario a un tipo fijo del 18%.

Mientras que en uno u otro caso, los rendimientos generados año a año no sufren retención, capitalizándose el 100% de lo aportado.

Las Prestaciones del Sistema de Ahorro Flexible:

Rescates y prestaciones por Jubilación en forma de capital:

Se considerará rendimiento de capital mobiliario a la diferencia entre el capital percibido y el importe de las cuotas satisfechas, mientras que en caso de rescate, se considera que la cantidad recuperada corresponde a las cuotas más antiguas.

Sobre esta diferencia se aplicará el tipo fijo del 18%. Aplicándose dicha retención al momento del cobro. En tanto que para incrementos o disminuciones de patrimonio con anterioridad a 1 de enero de 1999, el rendimiento neto total calculado que corresponda a primas satisfechas con anterioridad a 31 de diciembre de 1994, y que se hubieran generado con anterioridad a 20 de enero de 2006, se reducirá en un 14,28% por cada año, redondeado por el exceso, que medie entre el abono de la prima y el 31 de diciembre de 1994.

Prestaciones por jubilación en forma de renta vitalicia o renta temporal:

En caso de no haber existido rescates parciales, en ese momento las rentas percibidas irán compensando las cuotas satisfechas, siempre que el contrato haya tenido más de 2 años. Mientras que cuando la suma de rentas sea mayor que la suma de cuotas pagadas, el exceso tributará como rendimiento del capital, al 18%.

En el caso de haber habido rescates, en ese entonces la tributación será:

- Rentas Vitalicias:Solo se tributa un porcentaje de la renta anual que se percibe, estableciéndose según la edad del asegurado al momento de haberse constituido la renta, más la parte imputable de los rendimientos generados en la fase de acumulación.

- Rentas temporales: Sólo tributa un porcentaje de la renta anual que se percibe, a la que debe sumársele la parte imputable de los rendimientos que sean generados en la fase de acumulación, esto se establece según la duración de la renta.

Prestación por fallecimiento:
Tributan por el impuesto de Sucesiones y Donaciones, determinándose la cuantía de la liquidación en función del parentesco con el asegurado y el patrimonio preexistente del beneficiario.

En caso de prestación en forma de capital, el importe percibido por cada beneficiario se integrará en su correspondiente masa hereditaria. En caso de prestación en forma de renta, el valor capitalizado de la renta se integrará en la masa hereditaria de cada beneficiario.

Prestación por Incapacidad Permanente Absoluta:
Se considerará rendimiento del capital mobiliario, estando sujeto a una retención del 18%. La renta vitalicia a que da derecho esta contingencia, tributa como ha quedado señalado en prestaciones de jubilación, en forma de renta vitalicia.

Prestación por Incapacidad Temporal:
Se considerará incremento patrimonial no sujeto a retención

Los interesados en este producto, ingresar a la web de Mutualidad de Abogacía, donde encontrarán más detalles de coberturas y los datos de contacto.

 

Ges Seguros Mi plan de ahorro


Ges Seguros, ha puesto en el mercado Ges Seguros Mi plan de ahorro. Este es un producto diseñado para diferenciarse dentro de los seguros de inversión.

Ha sido pensado y dirigido para ayudar a ahorrar a medio y largo plazo, y centrando el plan de ahorro en la consecución de un objetivo concreto que es establecido por el asegurado.

Dentro de las coberturas, las más destacadas son:

- Un Tipo de interés garantizado.
- Una Alta participación en los beneficios generados.
- Una Flexibilidad en el ahorro.
- Liquidez garantizada

Si se pregunta si la rentabilidad del producto se encuentra garantizada, en parte sí, debido a que la póliza ofrece un interés técnico garantizado de las primas periódicas de un 2,40% durante toda la duración del seguro. Además dicha rentabilidad se complementa a través de participación en beneficios.

Barclays Unit Linked


Dentro de los varios lanzamientos de seguros de inversión y seguros de vida que se están produciendo, Barclays ha puesto en el mercado un seguro que posibilita obtener una rentabilidad del 8% anual, sobresaliendo entre otros productos de similares características.

El nuevo seguro de Barclays ‘unit linked’ a 6 años, ‘Plan Inversión 7′, por medio del cual el cliente podrá obtener un 8% anual que es acumulable o la oportunidad de obtener el 100% de la revalorización del índice Eurostoxx 50, punto a punto, y a un plazo máximo de 6 años.

En cuanto a la contratación del seguro, este podrá ser contratado por personas físicas que sean residentes en España y personas jurídicas españolas, por un importe mínimo de 3.000 euros. En tanto que cada año, el emisor (Barclays) tendrá la facultad de cancelarlo abonando un cupón del 8% acumulable en la anualidad correspondiente.

En caso que el emisor decida anular el primer año, entonces el cliente recibe en su seguro un 8%; mientras que si lo hace en el segundo año, este recibe un 16% y de esta forma sucesivamente.

Mientras que si han finalizado los 6 años y el emisor no canceló el producto, entonces el cliente recibirá la revalorización del Eurostoxx 50, punto a punto durante el plazo de 6 años.

Además dicho plan incluye un seguro por fallecimiento y su coste variará según la edad del asegurado y del fondo acumulado del producto.

Los interesados en este tipo de productos, pueden obtener mayor detalle de este seguro en la página Web de Barclays.

Fidelidade Mundial Seguro Vida Ahorro


Por medio de los seguros vida ahorro de Fidelidade Mundial, el asegurado podrá asegurar su futuro y el de su propio dinero.

Existen varios seguros de vida y cada uno ofrece sus ventajas, este es un producto por el que podrán generar un ahorro de forma flexible, sistemático y seguro, a través de aportaciones periódicas, y de una única prima entregada en el momento de la contratación, o en cuanto lo consideren conveniente.

El Plan de Ahorro Futuro (PIAS) de Fidelidade Mundia es exclusivo para los clientes del Banco Caixa Geral. Ha sido generado bajo las reglas y requisitos de un Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS), brindando una excelente combinación de rentabilidad, fiscalidad y seguridad para su ahorro, pudiendo llegar a constituir un capital a medio y largo plazo.

Además de presentar las características descritas, añade a las ventajas fiscales, la oportunidad de elegir entre cestas de inversión, las cuales son gestionadas por los expertos de la aseguradora, pudiendo generar la mayor rentabilidad financiera posible a medio y largo plazo.

Es un muy buen complemento de la jubilación, pudiendo mantener el control del dinero, que en caso de requerirlo podrá recuperarlo en cualquier momento.

Rentabilidad: El Plan de Ahorro Futuro (PIAS) le permitirá elegir entre tres cestas de inversión, definidas como: Conservadora, Moderada y Agresiva. Por medio de los expertos, se podrán gestionar cada una de ellas a partir del perfil de riesgo definido y tratando de optimizar los rendimientos. Por medio de este producto, los clientes pueden obtener un beneficio de los PIAS y la posibilidad de destinar sus ahorros a activos parcialmente invertidos en Bolsa o destinarlos a activos mayoritariamente de Renta Fija.

Liquidez: En cuanto a la duración mínima del producto, este es de 10 años y un día si lo requiere, podrá recuperar lo ahorrado desde el primer momento sin sufrir ninguna penalización. Mientras que este rescate podrá ser de forma total o parcial. De elegir recuperar el dinero, la diferencia entre las primas pagadas y el dinero recuperado, tributará como un rendimiento de capital mobiliario. Hoy día dicho importe se integra en la renta de ahorro y tributa a un tipo fijo del 18% en el IRPF.

En cambio si el rescate es parcial, por imperativo legal se aplica el sistema FIFO. Por lo que se consideran rescatadas las primas más antiguas, hasta donde sea preciso. En dicho caso, el plazo de 10 años mínimo para disfrutar de ventajas fiscales será comenzando en la fecha en que se pagó la prima que quede como más antigua.

Flexibilidad: Puede elegir la periodicidad que se ajuste a las necesidades, sea esta anual, semestral, trimestral o mensual, para las aportaciones periódicas, u optar y realizar una única aportación al contratar dicho producto. Pudiendo realizar aportaciones extraordinarias cuando lo necesite.

La Ley del IRPF impone un límite de aportaciones al conjunto de sus PIAS de 8.000 € anuales, y de 240.000 € durante toda la vida del producto.
En tanto que la flexibilidad corre también para otros factores, pudiendo cambiar de cesta de inversión, decidir que la prima periódica vaya a una cesta y el fondo acumulado se quede en otra cesta. Este tipo de cambios podrá hacerse cuantas veces lo desee.

Ventajas fiscales: Al momento del vencimiento del producto, en caso de decidir percibir lo acumulado en forma de renta vitalicia:

- Los rendimientos obtenidos estarán exentos de tributación.

- La renta vitalicia que percibirá brindará ventajas fiscales que dependerán de su edad en el momento de constituir dicha renta.

Seguro de vida: Además el producto incluye, un seguro de vida en caso de producirse fallecimiento, el cual consiste en el pago del fondo acumulado más un capital de 600,00€.

Los interesados podrán conocer más detalles de este seguro en la web Fidelidade Mundial.

Ges Seguros: Seguro de inversión garantizado


Ges Seguros pone a disposición un seguro para aquellos que tienen un dinero ahorro y quieren invertirlo, pero con una rentabilidad garantizada. Para ellos existen los seguros de inversión, aunque muchos desconfían de este tipo de seguros y no creen cuando leen la frase fondos garantizados.

A través de Seguro de Inversión Garantizado, pueden invertir sin engaños ni falsas promesas.

Las Coberturas Más Destacadas:

- Está Exclusivamente orientado a primas únicas.

- Cuenta con Plazo mínimo de 5 años, dispone de valores garantizados

- Interés técnico asegurado del 2,25% durante la duración del contrato el que se complementará con una participación en beneficios del 95%.

El tipo de interés que ofrece y garantiza desde el primer día y hasta el final del contrato es del 2,25%, también otorga al cliente una participación en beneficios según la rentabilidad obtenida cada año.

Si estás interesado en contratar este seguro, ingresando a Ges Seguros de Inversión, encontrarás toda la información para poder hacer.

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